HOY, DÍA 2-11-10, HA QUEDADO ABIERTO EN EL AYUNTAMIENTO DE GRANADA EL
"REGISTRO PÚBLICO MUNICIPAL DE DEMANDANTES DE VIVIENDA PROTEGIDA"
Fuente: Web de EMUVYSSA (Empresa Municipal de vivienda y Suelo, S.A.).-
Enlace a toda la información à http://www.emuvyssa.com/index.php?seccion=registroDemandantes&PHPSESSID=632bb126ad3f444092e8ff71bf6ec7c7
Empresa Municipal de Vivienda y Suelo S.A. - C/ Horno de San Matías 6 - Tel. 958 221 481 - 18007 Granada
INFORMACIÓN GENERAL
El Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida del Excmo. Ayuntamiento de Granada es el instrumento de adjudicación de las viviendas protegidas, tanto de iniciativa pública como privada, ya sea en régimen de compra, alquiler o alquiler con opción a compra en el municipio de Granada.
Para acceder a una vivienda protegida en el término municipal de Granada, será necesaria la inscripción en este Registro Público Municipal, sin dicha inscripción no se podrá optar a ninguna vivienda protegida.
La inscripción en el Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas tendrá una vigencia de tres años prorrogables por otros tres, a instancia del interesado.
Podrán ser adjudicatarios de Vivienda Protegida toda persona mayor de edad que no posea vivienda en propiedad ni derecho real de uso o disfrute vitalicio y que cumpla con los requisitos económicos exigidos en los Planes de Vivienda vigentes.
La solicitud de inscripción se puede tramitar en el Registro del Excmo. Ayuntamiento de Granada, situado el complejo administrativo "Los Mondragones" y en las Oficinas Desconcentradas del Ayuntamiento ubicadas en cada distrito en las oficinas de EMUVYSSA sitas en C/ Horno de San Matías nº 6. Dicha solicitud no surte efectos para la adjudicación hasta tanto no se realice la inscripción correspondiente.
Las solicitudes deberán estar correctamente cumplimentadas y acompañadas de toda la documentación que en cada caso proceda y que se señala en la solicitud, además de firmada por todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia mayores de edad. No se podrá presentar solicitud en más de tres Registros Públicos Municipales.
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